Manuel Aurelio Tavárez Justo fue un destacado líder y patriota dominicano del siglo XIX. Nació el 17 de abril de 1843 en Santo Domingo, República Dominicana. Tavárez Justo fue reconocido por su valiente lucha en defensa de la independencia y la soberanía de su país.
Desde joven, Manuel Aurelio Tavárez Justo mostró su compromiso con la causa de la libertad y la justicia. Participó activamente en la Guerra de Restauración Dominicana, que tuvo lugar entre 1863 y 1865, enfrentando las fuerzas coloniales españolas que buscaban recuperar el control de la isla.
Tavárez Justo se destacó por su liderazgo y coraje en el campo de batalla. Fue un ferviente defensor de la independencia dominicana y luchó incansablemente por la causa. Su valentía y determinación lo convirtieron en un referente para otros patriotas y guerrilleros dominicanos.
Tras el fin de la guerra, Manuel Aurelio Tavárez Justo continuó sirviendo a su país en diferentes cargos públicos. Fue Ministro de Guerra y Marina, además de ocupar otros importantes cargos políticos y militares.
Su legado perdura como símbolo de patriotismo y entrega a la causa de la libertad. Manuel Aurelio Tavárez Justo es recordado como uno de los héroes dominicanos que lucharon por la independencia y la construcción de una nación soberana.
El Parque Nacional Manuel Aurelio Tavárez Justo llevaba su nombre en honor al destacado líder y patriota dominicano del siglo XIX. Este parque fue creado con el objetivo de preservar y proteger los valiosos recursos naturales y culturales de la región, así como rendir homenaje a la figura histórica de Tavárez Justo.
El proceso de creación del parque comenzó con la identificación de la importancia y singularidad de la zona que abarcaría. Ubicado en la República Dominicana, cercano a la Presa de Monción, área seleccionada se caracteriza por su rica biodiversidad, sus paisajes impresionantes y su valor histórico y cultural.
Para establecer el parque, se llevaron a cabo estudios científicos y consultas con expertos en conservación y desarrollo sostenible. También se trabajó en la delimitación de los límites del parque, teniendo en cuenta factores como la protección de los ecosistemas frágiles, la conservación de la vida silvestre y la promoción del turismo sostenible.
La sentencia No. TC/0905/18 del Tribunal Constitucional, que declara «no conforme con la Constitución» el decreto 371-11 que creó el Parque Nacional Manolo Tavarez bajo el erróneo alegato de que más de 40 comunidades estarían en riesgo de perder sus derechos de propiedad, representa un grave desafío al Sistema Nacional de áreas Protegidas y la defensa de la seguridad hídrica en sentido general.
Retirar la protección legal que ampara los nacimientos y cuencas de ríos tan importantes como el Mao, Magia, Cenoví, La Cidra y Guayubin, Varios de los cuales son los principales afluentes de la Presa de Monción que sirve el agua potable y para riego de las provincias de la Línea Noroeste, equivale a poner en jaque la seguridad hídrica y alimentaria de cientos de miles de personas de la región.
La razón de ser del Decreto emitido en junio del 2011 y que crea el Parque Nacional con un área de 351 kilómetros cuadrados, honrando la memoria de Manolo Tavarez Justo, es precisamente conservar algunos de los bosques mejor cuidados que tiene la isla, por donde discurren las fuentes acuíferas que alimentan y garantizan las producción de agua capaces de generar riquezas y bienestar para gran parte de la población dominicana.
Sin embargo, desde la divulgación misma del Decreto, algunos sectores económicamente influyentes han estado incidiendo atravesando de testaferros para que el mismo fuera derogado por el poder ejecutivo o atacado por la vía constitucional; fueron tan eficientes en sus gestiones que sorprendentemente lograron que este Tribunal acogiera el recurso sin siquiera hacer un descenso en la zona, ni consultar al Ministerio de Medio Ambiente ni otros expertos en el tema.
Esto así con el propósito de explotar la zona a través de planes de aprovechamiento forestal mediante los cuales se cortarían miles de árboles y para poder avanzar con planes de extracción Minera, cuyas concesiones de exploración fueron emitidas Mediante el permiso ambiental DCA 0228-03 del año 2012 que autoriza la exploración de oro, plata, zin, cobre y minerales asociados en comunidades de provincias ubicadas en la Cordillera Central, precisamente en la zona núcleo del Parque Nacional.
Desde ese entonces, estos sectores que poseen inmensas cantidades de terrenos (entre los que se ha mencionado un Senador Oficialista de la zona) se han valido de testaferros y de utilizar organizaciones comunitarias como carne de cañon para que estas reclamen ante «un supuesto desalojo masivo» del cual serían objeto pero que nunca ha sido una opción, pero que tampoco nadie puede alegar títulos de propiedad siendo los terrenos propiedad del Estado Dominicano.
Estos planes fueron develados por el Senador Adriano Sánchez Roa en Noviembre 2012 durante una sesión en el Senado de la República y evidenciados en una resolución de Octubre de 2012 la Cámara de Diputados en al que se pide al Presidente de la República el retiro de los permisos de exploración a emitidos a favor de UNIGOLD Dominicana.
Con esta sentencia se eleva la vulnerabilidad del Sistema nacional de Areas Protegidas, de por si golpeados por la extensión agrícola en importantes Parques Nacionales, y se demuestra que estos sectores tan poderosos son capaces de mover hasta las medidas más insospechadas para obtener resultados que beneficien sus intereses.
Pedimos y reclamamos del presidente Medina la emisión de un nuevo Decreto que elimine las excusas enarboladas para la derogación del anterior, toda vez que este Parque Nacional es sencillamente es una de las zonas del país que más méritos reúne para anhelar su preservación, más aún cuando su nombre honra a un hombre que decidió abonar con sangre los más sagrados intereses de la patria.
Del mismo modo, entendemos que es un deber moral de los legisladores de las 4 provincias afectadas, impulsar y restablecimiento y la delimitación por Ley de esta importante Área Protegida, aun cuando fuere necesario hacer los ajustes que aclaren cualquier duda sobre la sostenibilidad de los asentamientos humanos que alegadamente han sido afectados.
basado en este artículo de la fundación Acción Verde.