Cuando un proyecto de ley es aprobado en el congreso y enviado al Poder Ejecutivo, hay dos probabilidades, una es que la promulguen y la conviertan en ley y la otra es que “la observe” , dígase que le ponga sus notas de inconformidad y propuesta de mejora y que la devuelva al congreso para que ambas cámaras vuelvan a revisar y votar otra vez.
Aquí el único tema es que estamos en plena “ESPAÑA BOBA”, no hay congreso hasta el 16 de agosto. Aquí el documento integro:07123-2016-2020-CD (P OBSERVABADO PODER EJECUTIVO)