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“En esas zonas está prohibido nadar cerca de las BALLENAS”

Por: Miosotis Batista

” En el trayecto y área de observación de ballena en la bahía de Samaná , está prohibido Nadar o bucear con las ballenas”.

La actividad turística de observatorio de ballenas está regulado a través del Reglamento Técnico Ambiental para la: Observación de Ballenas de los Bancos de la Plata y La Navidad y en el trayecto y área de la Bahía de Samaná, el mismo establece el código de conducta que debe seguirse para minimizar los riesgos y daños en dicha acción de recreo, TÚ SOLO DEBE RESPETARLO.

El Banco de la Plata, es la única zona en la cual está permitido el nado o buceo con los cetáceos y se hace bajo una mecánica diferente, evitando así que la especie pueda estresarse.  El observatorio de ballenas, así como cualquier otra actividad humana que entre en contacto con el medio ambiente, ocasiona algún impacto negativo; ese solo puede minimizarse si se hace respetando los protocolos previamente establecidos, pero, sobre todo, si hay régimen de consecuencia ante la violación de los mismos.

Para la República Dominicana la practica de observatorio de ballenas es un activo único en términos económicos, pero no podemos permitir que eso se salga de control y con ello perjudicar a la especie o incluso, que algún ser humano resulte herido, situación que se convertiría en un descrédito para la actividad

Por si desconoces este reglamento, queremos dejarte algunos puntos importantes que deberías tomar en cuenta antes de ir a verlas, incluso eso permitirá que tú comportamiento sea realmente basado en las normas de sostenibilidad turística y respeto de la especie.

Del comportamiento en la actividad de observación de ballenas (En la bahía de Samaná)

Para la observación de ballena en la bahía de Samaná se cumplirán con los requisitos de comportamiento siguientes:

  1. La hora límite para estar en el área de observación es hasta las 5:00pm.
  2. Las embarcaciones no excederán la capacidad de pasajeros establecida en su matrícula.
  3. permite la presencia de tres (3) embarcaciones de manera simultánea en el área de observación al momento de presentarse un individuo o un grupo de ballenas.
  4. La distancia mínima entre las embarcaciones y las ballenas será de ochenta metros (80 m), para el caso de la madre y el ballenato. Para las demás ballenas podrá ser de cincuenta metros (50 m), como mínimo.
  5. Las embarcaciones en espera mantendrán una distancia de doscientos cincuenta metros (250m) detrás de la popa de las embarcaciones que se encuentran observando.
  6. En caso de ballenas sin cría y otras embarcaciones en espera, el tiempo máximo permitido por embarcación durante la observación de ballenas es de treinta (30) minutos. En caso de ballenas madres con crías la observación se limita a quince (15) minutos.
  7. Cuando existan pocas ballenas y otras embarcaciones estén en espera, este tiempo se reduce a quince (15) minutos.
  8. Cuando no haya embarcaciones en espera, el tiempo de observación puede extenderse hasta cuarenta y cinco (45) minutos.
  9. Durante las maniobras de aproximación y alejamiento, la velocidad máxima permitida de navegación, en presencia de ballenas, será de cinco 5 nudos (8 kilómetros por hora)
  10. La maniobra de aproximación debe iniciarse a unos 400 m de distancia de un grupo de ballenas y en todo momento la embarcación se deberá desplazar a una velocidad menor que la ballena más lenta del grupo, sin afectarlo o direccionarlo de forma alguna navegando hacia afuera y por detrás del grupo.

En los Bancos de La Plata y La Navidad: Para la observación de ballena en los Bancos de La Plata y La Navidad se cumplirán con los requisitos de comportamiento siguientes:

  1. Las embarcaciones deben de contar con un máximo de dos tender de no más de veinte nueve (29) pies de eslora.
  2. Los tender solo podrán tener un máximo de diez (10) personas.
  3. Los tender deberán contar con un capitán y un celador.
  4. La velocidad máxima de los tender tendrá un máximo de diez (10) nudos para buscar las ballenas.
  5. Un máximo de veinte (20) personas en el área de observación.
  6. El tiempo máximo en observación es de una (1) hora.

Fuente: Reglamento Técnico Ambiental para la: Observación de Ballenas de los Bancos de la Plata y La Navidad y en la Bahía de Samaná.

Fotos: Omar Shamir 

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